RMF 2026· Anexo 21 — Equipos y Programas Informáticos· Anexo 22 — Servicios de Verificación y Certificado· Apartado 21.5 — 6 Escenarios· Apartado 21.6 — Reporte Mensual XML/JSON· Unidad de Inspección Acreditada· modum · EMA UICV-017· NMX-EC-17020-IMNC-2014· Art. 28 Frac. I Ap. B CFF· Regla 2.6.1.4 — Operación Correcta· CNE · SENER· RMF 2026· Anexo 21 — Equipos y Programas Informáticos· Anexo 22 — Servicios de Verificación y Certificado· Apartado 21.5 — 6 Escenarios· Apartado 21.6 — Reporte Mensual XML/JSON· Unidad de Inspección Acreditada· modum · EMA UICV-017· NMX-EC-17020-IMNC-2014·
modum · Consultoría en Hidrocarburos
Unidad de Inspección Acreditada · EMA UICV-017

¿Ya conoce lo nuevo de la RMF 2026 en controles volumétricos?

Le ayudamos a ponerse al día — evaluación inicial sin costo

Cumpla con el Anexo 22 del RMF 2026
con el certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos

El Apartado 22.1 del RMF 2026 establece que los contribuyentes deben obtener los certificados que acrediten la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos. modum emite ese certificado — tras verificar su cumplimiento con el Anexo 21.

Certificado del Anexo 22 · RMF 2026
Acreditación EMA UICV-017
+40 años en el sector
Evaluación inicial sin costo
40+
Años en metrología
de flujo y volumen
017
Acreditación EMA
UICV-017
6
Escenarios cubiertos
del Apartado 21.5
2026
RMF vigente
Anexos 21 · 22
22
Anexo · RMF 2026
Servicios de verificación
y certificado
Solo UI Acreditada

¿Qué es el Certificado del Anexo 22?

Es el certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos — así lo nombra el Apartado 22.1 del RMF 2026. Lo emite una Unidad de Inspección Acreditada al contribuyente obligado, tras verificar su cumplimiento con el Anexo 21.

Respalda ante el SAT que sus registros volumétricos — los que forman parte de su contabilidad fiscal — fueron generados por sistemas verificados técnicamente y cumplen con el Anexo 21 del RMF 2026.

Lo que queda verificado y certificado:

Entradas
Salidas
Autoconsumos
Inventarios

¿Por qué el SAT exige
el Certificado del Anexo 22?

Porque los registros volumétricos son parte de la contabilidad fiscal del contribuyente, y el SAT los cruza contra los CFDI y los registros contables para detectar discrepancias. El certificado es la prueba acreditada de que esos registros son técnicamente válidos.

01
Evitar discrepancias fiscales
El SAT cruza volumen declarado contra CFDI emitidos y registros contables. El certificado acredita la integridad técnica de esa información.
02
Garantizar trazabilidad
Desde el sistema de medición en campo hasta el cálculo del volumen que llega al XML/JSON enviado mensualmente al SAT.
03
Validar XML/JSON Anexo 21
El reporte mensual del Apartado 21.6 debe estar respaldado por equipos y programas informáticos verificados bajo el Anexo 22.

¿Su instalación está
obligada a cumplir?

Debe cumplir con el Anexo 22 del RMF 2026 si su instalación entra en alguno de los siguientes supuestos:

Condición A
Tiene permiso CRE o CNH vigente
Permiso de la CRE o de la CNH (hoy CNE) o de la SENER para alguna actividad de hidrocarburos o petrolíferos.
Condición B
Almacena o utiliza petrolíferos, gas LP o gas natural
Para desarrollar su actividad económica — aunque no sea gasolinera ni distribuidora.
Condición C
Consume para autoconsumo
Maneja un volumen igual o mayor a 75,714 L mensuales, o 5,000 Gigajoules anuales de gas natural.

Escenarios del Apartado 21.5 del Anexo 21

Los 6 escenarios en los que deben instalarse los sistemas de medición · RMF 2026

ACRE
DI
TADO
Certificado conforme al Apartado 22.4
Certificado
del Anexo 22
Marco normativo
RMF 2026 · Anexo 22
Aplicable a
Equipos y Programas Informáticos · Anexo 21
Alcance
Apartado 21.5 — 6 escenarios

El certificado que hace fácil el cumplimiento fiscal

El Certificado del Anexo 22 acredita la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos — conforme al Apartado 22.1 del RMF 2026. Lo emite una Unidad de Inspección Acreditada al contribuyente obligado, tras verificar técnicamente el cumplimiento del Anexo 21.

¿Qué respalda este certificado?

  • Que sus equipos de medición operan correctamente conforme al Anexo 21 del RMF 2026
  • Que sus sistemas de medición cumplen con los requisitos metrológicos para el uso requerido
  • Que sus programas informáticos generan los reportes conforme al Anexo 21
  • Que sus reportes mensuales XML/JSON tienen integridad técnica verificada
  • Que su contabilidad volumétrica soporta una auditoría cruzada del SAT

Solo una Unidad de Inspección Acreditada puede emitir el certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos — así lo establece el Apartado 22.1 del RMF 2026.

Nuestra metodología de inspección, apoyada en herramientas especializadas de metrología de flujo y volumen, verifica la correspondencia entre lo que sus equipos miden, lo que sus programas informáticos registran, y lo que usted declara al SAT cada mes.

Lo que gana su empresa con
el Certificado del Anexo 22

El cumplimiento bien hecho no solo evita multas — le da al Representante Legal la certeza técnica de que lo que firma cada mes está respaldado por una inspección acreditada e independiente.

01
Respaldo oficial ante el SAT
Certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos ante el SAT — emitido bajo acreditación EMA.
02
Verificación técnica independiente
Inspección por tercero acreditado — sin conflictos de interés con proveedores de software o equipos.
03
Trazabilidad metrológica completa
Desde el sensor en campo hasta el XML/JSON enviado al SAT — cada eslabón verificado bajo NMX-EC-17020-IMNC-2014.
04
Compatible con cualquier software
Certificamos su instalación sea cual sea el proveedor de sus equipos y programas informáticos.
05
Contabilidad fiscal protegida
Los registros volumétricos que alimentan su contabilidad quedan técnicamente respaldados ante cualquier cruce de información del SAT.
06
Tranquilidad del Representante Legal
Cada e.firma mensual respaldada por un certificado acreditado.

La Unidad de Inspección
que nace del campo,
no del escritorio.

modum nace en 2017 como respuesta directa a la Reforma Energética de 2015 — cuando el mercado de hidrocarburos y petrolíferos en México abrió sus puertas y surgió la necesidad de Unidades de Inspección independientes con respaldo técnico real.

Décadas de experiencia en la industria energética mexicana respaldan cada certificado que emitimos — desde PEMEX hasta operadores privados de aeropuertos, terminales, plantas de Gas LP y estaciones de servicio.

modum · Acreditación EMA · UICV-017
Acreditados ante la Entidad Mexicana de Acreditación bajo la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014. Esta acreditación nos obliga a operar con independencia técnica total — no desarrollamos ni comercializamos software, equipos o servicios de instalación. Solo inspeccionamos y certificamos.
01
Imparcialidad acreditada
Como Unidad de Inspección tipo A, nuestra acreditación garantiza la independencia técnica frente a fabricantes, proveedores e instaladores de los equipos y programas informáticos que inspeccionamos. Esa separación es condición normativa para emitir certificados que acrediten la correcta operación y funcionamiento ante el SAT.
02
40 años de experiencia en campo
Sistemas de medición, programas informáticos, integración industrial e instrumentación de flujo y volumen en los escenarios del Apartado 21.5 del RMF 2026. La inspección la realiza quien conoce la operación por dentro.
03
Cobertura nacional
Sede en Ciudad de México, operación en todo el territorio nacional. Certificamos instalaciones en los 32 estados bajo los mismos estándares técnicos y administrativos de UICV-017.

Cuatro pasos hasta su
Certificado del Anexo 22

Un proceso transparente, documentado y técnicamente riguroso — de la evaluación inicial a la emisión del certificado del Anexo 22.

01
Evaluación inicial
Revisión preliminar sin costo. Definimos alcance técnico, tipo de instalación y plan de trabajo.
02
Inspección en campo
Verificación técnica de equipos, programas informáticos y reportes bajo metodología acreditada NMX-EC-17020-IMNC-2014.
03
Dictamen técnico
Informe detallado con hallazgos, observaciones y cierre de no conformidades si las hubiera.
04
Certificado Anexo 22
Emisión del certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos — firmado bajo UICV-017.

Lo que todo Representante Legal
debería saber

¿Qué cambió en la RMF 2026 para los controles volumétricos?
Tres cosas principales: los anexos cambiaron de número (el 30, 31 y 32 ahora son 21, 22 y 23 — mismas obligaciones, nueva numeración), hay nuevos obligados (se sumaron almacenistas y usuarios de petrolíferos con permiso de la CRE o CNH, hoy CNE) y se generan reportes diarios además del mensual. La ley también reforzó las facultades del SAT para revisar diferencias volumétricas. Si no está seguro de cómo le afecta, la evaluación inicial sin costo se lo aclara.
¿Qué pasa si no tengo el Certificado del Anexo 22?
El SAT puede considerar sus reportes volumétricos sin respaldo técnico oficial. Esto puede derivar en auditorías fiscales, observaciones en contabilidad, multas y responsabilidad fiscal directa para el Representante Legal, dado que los registros volumétricos forman parte de la contabilidad del contribuyente.
¿Cómo sé si mi empresa está obligada?
Si su empresa almacena, distribuye, transporta o utiliza hidrocarburos o petrolíferos (gasolinas, diésel, turbosina, Gas LP, gas natural) — incluso solo para autoconsumo mayor a 75,714 L mensuales — debe cumplir. Le hacemos la evaluación inicial sin costo para confirmar su caso específico.
¿El SAT puede presumir ingresos por diferencias en mis litros?
Sí. Con la reforma vigente (art. 56, fracc. VII del CFF), si los volúmenes que compró, almacenó y facturó no cuadran entre sí, el SAT puede presumir ingresos no declarados y determinar contribuciones sobre esa base. Por eso conviene revisar los reportes antes de firmarlos y enviarlos, y mantener su certificado vigente: son su evidencia de que sus sistemas miden y reportan correctamente.
¿Qué es el dictamen pericial de la regla 2.6.2.2 (nuevo en 2026)?
La RMF 2026 incorporó la regla 2.6.2.2, que contempla un dictamen pericial para comprobar los litros enajenados y su precio, como medio para aclarar diferencias volumétricas ante el SAT (art. 56, fracc. VII del CFF). Los requisitos específicos los establece la propia regla. Si su empresa enfrenta observaciones de este tipo, le orientamos sin costo.
¿Puedo seguir usando mi software actual de control volumétrico?
Sí. Como Unidad de Inspección acreditada somos neutrales respecto al proveedor de software. Verificamos que sus equipos y programas informáticos — sean comerciales, propietarios o desarrollados internamente — cumplan con el Anexo 21 del RMF 2026. No le pedimos cambiar de sistema; le emitimos el certificado que acredita la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos ante el SAT.
¿Por qué elegir modum y no otro proveedor?
Porque solo una Unidad de Inspección Acreditada puede emitir el Certificado del Anexo 22 que acredita la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos — así lo establece el Apartado 22.1 del RMF 2026. modum cuenta con acreditación EMA UICV-017 bajo la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014, y mantiene independencia técnica total: no desarrollamos software, no comercializamos equipos, no somos instaladores. Esa separación es condición normativa para la emisión del certificado.
¿Qué tan rápido se obtiene el certificado?
Depende del tipo y tamaño de la instalación. Una gasolinera típica requiere entre 1 y 3 días de inspección; una terminal de almacenamiento o planta de Gas LP, entre 1 y 2 semanas. El certificado se emite al cierre de no conformidades, si las hay. Contáctenos para una evaluación inicial sin costo.
¿Cada cuánto debo renovar mi Certificado del Anexo 22?
La verificación bajo el Anexo 22 tiene periodicidad anual. Sin embargo, el reporte mensual al SAT bajo el Apartado 21.6 es continuo — cada mes su e.firma respalda los datos declarados en XML/JSON, y esos datos deben estar respaldados por un certificado vigente.

Cumpla con respaldo,
cumpla con acreditación,
cumpla con el Anexo 22 del RMF 2026.

Hable con un especialista de modum y conozca cómo obtener el Certificado del Anexo 22 para su instalación.
La asesoría técnica inicial es 100% gratuita.

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¿El SAT ya le observó diferencias en sus litros? No está perdido: desde 2026 la ley permite defenderse con un dictamen pericial que demuestra cuánto vendió realmente. Le decimos sin costo si aplica a su caso.
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